Cómo empezar a emitir boletas electrónicas: requisitos
Para emitir desde un sistema de ventas necesitas tres cosas de la SUNAT. Aquí va cada una, en orden, y cómo practicar mientras las consigues.
Las formas de emitir en Perú
La SUNAT tiene varios sistemas de emisión electrónica: desde su portal (SEE – SOL), con su aplicativo, con un operador (OSE) o desde los sistemas del contribuyente. Este último es el que usas cuando tu sistema de ventas envía tus comprobantes directo a la SUNAT. Es el más cómodo si ya registras tus ventas en un sistema: no tienes que volver a escribir nada en el portal.
Requisito 1: afiliarte al SEE – Del Contribuyente
Entras a SUNAT Operaciones en Línea con tu RUC y Clave SOL y, en las opciones de comprobantes de pago electrónicos, te afilias como emisor desde los sistemas del contribuyente. Ya no hace falta un proceso de homologación con la SUNAT: lo eliminó la R. S. 287-2017/SUNAT.
Requisito 2: un usuario secundario SOL
Tu sistema necesita un usuario para enviar los comprobantes en tu nombre. En lugar de dar tu Clave SOL principal, creas un usuario secundario en SUNAT Operaciones en Línea, en la administración de usuarios secundarios, y le das permiso para la emisión electrónica. Ese usuario y su clave son los que pones en tu sistema.
Requisito 3: un certificado digital
Cada comprobante se firma con tu certificado digital (un archivo .pfx con contraseña). Tienes dos caminos:
- El Certificado Digital Tributario (CDT), que la SUNAT entrega gratis por SOL si cumples sus requisitos. Te lo explicamos en esta guía del CDT.
- Un certificado comprado a una entidad de certificación acreditada.
Después lo registras en SUNAT Operaciones en Línea y lo subes a tu sistema.
Mientras tanto: practica en el ambiente de pruebas
La SUNAT tiene un ambiente de pruebas (beta) que acepta comprobantes sin validez. Sirve para que aprendas a emitir, anular y enviar comprobantes antes de hacerlo de verdad. Cuando pasas a producción, la numeración empieza de nuevo.
Los plazos que debes conocer
- La factura electrónica debe enviarse a la SUNAT en un plazo de hasta 3 días calendario contados desde el día siguiente de su emisión (R. S. 003-2023/SUNAT). Si no se envía a tiempo, no tiene calidad de comprobante.
- Lo más seguro es enviar cada comprobante en el momento, como hace un sistema conectado.
Practica hoy, activa cuando estés listo
JacoSaaS trae modo de pruebas con la SUNAT: emites boletas de práctica desde tus ventas sin certificado ni usuario SOL.
Fuentes
Este artículo es informativo, está escrito con las reglas vigentes a octubre de 2026 y no reemplaza la asesoría de un contador. Las normas de la SUNAT cambian: confirma siempre en sus canales oficiales.