IVA: la declaración solo vale si pagas el total al presentarla
Antes podías presentar la declaración de IVA y pagar después. Desde junio de 2026 se hace en un solo paso: si no pagas todo, es como si no hubieras declarado.

Qué cambió
- Antes podías presentar el formulario de IVA en tu fecha y pagar después, con intereses.
- Desde el 1 de junio de 2026, la declaración de IVA se considera cumplida solo si se presenta con el pago total del impuesto.
- Si el pago no es completo, la declaración se toma como no presentada, aunque hayas compensado una parte con notas de crédito.
A quién le aplica
A los contribuyentes obligados a declarar IVA. Las excepciones que menciona la resolución son quienes están registrados en el sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, y los exportadores de bienes y sus proveedores directos que cumplan los requisitos de la norma.
Cómo organizarte
- Separa el IVA que cobras el mismo día de cada venta. Ese dinero no es tuyo (lee el IVA no es tu dinero).
- Revisa tu fecha según el noveno dígito del RUC (lee el calendario del SRI).
- Ten saldo en la cuenta del débito o paga en línea el mismo día que declaras.
- No lo dejes para el último día: el SRI recomienda declarar con anticipación. Si el portal se cae o el banco falla, te quedas sin declaración válida.
Preguntas frecuentes
¿Desde cuándo se declara y paga el IVA en un solo paso?
Desde el 1 de junio de 2026, según la resolución NAC-DGERCGC26-00000016 del SRI.
¿Qué pasa si declaro el IVA y no pago todo?
La declaración se considera no presentada, aunque hayas compensado una parte con notas de crédito. Puedes tener multa por declaración tardía e intereses.
¿Quiénes no están obligados a pagar al mismo tiempo?
Los registrados en el sistema de compensación fiscal del Ministerio de Economía y Finanzas, y los exportadores de bienes y sus proveedores directos que cumplan los requisitos de la resolución.
¿Aplica a una declaración de IVA en cero?
Si no hay impuesto a pagar, no hay pago que hacer; presenta la declaración en tu fecha.
Resolución NAC-DGERCGC26-00000016 del SRI, vigente desde el 1 de junio de 2026. Esto no reemplaza la asesoría de tu contador.
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